viernes, 25 de junio de 2010

"NUESTRO CASTILLO."


F.-1.

Cerro de Los Ángeles, popularmente conocido como "EL CASTILLO",
lugar donde se levantaba la fortaleza

Todos los "Santeños" sabemos que en nuestro pueblo existió un Castillo. En los años 80, un grupo de jóvenes perteneciente a la Asociación Cultural "FORSAN", hoy extinta, se empeñaron en sacar sus restos a la luz.
Aquellas excavaciones, oficiosas porque no estaban dirigidas por ningún organismo oficial pero si contaban con cierto "apoyo" por parte del Ayuntamiento sacaron a relucir estos restos de la fortaleza y de la época de la misma mezclados con otros mucho más antiguos, restos prehistóricos pertenecientes al Calcolítico,(Período de transición entre la Edad de la piedra pulimentada y la edad del Bronce).
Todo ello se depositó en lo que después sería MUSEO MUNICIPAL, formando parte de sus fondos históricos.








Restos pertenecientes al torreón
o cubo noreste.

F.- 2 y F.-

F.-1, 2 y 3./ Fotografías extraídas del folleto RUTA DE LA ARQUEOLOGÍA. "DEL CALCOLÍTICO A LA EDAD MEDIA" Publicado por el Exmo. Ayuntamiento a través de la Oficina Municipal de Turismo.

En una de las revistas que editó aquella Asociación, se publico el Acta de Acuerdo de derribo de la Fortaleza que se conserva en el Archivo Histórico Municipal, Literalmente dice así:

CONFEDERACIÓN ENTRE EL MAESTRE DE SANTIAGO

DON ALONSO DE CARDENAS Y EL CONDE DE FERIA,

“Es concordado y asentado entre los Magníficos señores D. Alfon de Cárdenas, maestre de San­tiago e Don Gome Suarez de Figueroa, conde de Feria, que ademas e allende las cosas entre ellos capi­tuladas y asentadas por otras escripturas de amistad e capitulizacion que están firmadas de sus nombres y selladas con sus sellos, los dichos señores hayan de façer cumplir cada uno de ellos al otro señor lo que en esta escriptura sera contenido.

Primeramente que desde hoy la de la fecha desta escriptura fasta 30 dias primeros siguientes el dicho señor Maestre haya de facer e faga que la fortaleza de Los Santos, realmente e con efecto sea puesta y entregada en poder de Pedro Çapata comendador de Medina de las Torres el cual aya de façer e faga juramento e pleito e omenage y seguri­dad al dicho señor Conde que luego que luego quel dicho se­ñor Conde ficiera dar la obediencia de los Comenda­dores e caballeros e personas y pueblos de la Orden de Santiago que estan en su partido al dicho seriar Maestre segund adelante será contenido en ésta escriptura quel dicho Pedro Çapata comenzaré a derribar la dicha fortaleza de los Santos y lo comu­nicará y non alzará mano del dicho derrivamiento fasta la allanar, e poner toda por el suelo en manera que en ella non quede fuerça ni edificio alguno le­bantado por tal via que dicho señor Conde sea contento, dando el dicho señor Conde consentimiento para lo que se fabla en este caso con Joan Çapata, e con el dicho señor Pedro Çapata, y con Alfon de Badájoz, y con el bachiller Pedro de Rivera. E si ca­so fuere que la dicha fortaleza de los Santos el dicho Maestre no la pudiera aver por algund buen medio para la entregar aI dicho Pedro Çapata como dicho es, e sea necesario haberse de tomar por fuerça y rigor que en tal caso el dicho Maestre y el dicho se­ñor Conde se ayan de juntar e junten e ambos a dos poniendo en ello gente a costa igual ayan de cercar y cerquen la dicha fortaleza de los Santos. E que ayan de estar y esten sobre ella e no alzen mano del sitio della fasta la tomar e entregar al dicho Pedro Çapata para que la aya de tener e tenga a las condi­ciones, y con la seguridat de suso declarada en este capitulo.




Dibujos del anverso y reverso de una moneda encontrada en el cerro de “El Castillo”.

Fotografías editadas en la propia revista FORSAN.



Otrosi es acordado e asentado entre los dichos señores que luego como la dicha fortaleza de los Santos fuere puesta e entregada en poder del dicho Pedro Çapata el dicho señor Conde aya de facer e faga realmente e con efeto de todos los Comenda· dores y caballeros y personas de la dicha orden que le siguen, a las villas y logares de la dicha Orden que están a su cargo, que la ayan de dar e den y presten y fagan al dicho señor Maestre la obediencia y fidelidad que le deven e se requieren, con las cirimonias, y abtos acostumbrados, para que dende en adelante lo aian y tengan por su verdade­ro maestre, en manera quel dicho abto de obediencia el derribade de la dicha fortaeza comience todo en una saçon y concurra a un dia e tiempo.

E nos los dichos Maestres don Alon de Carde­nas y Conde don Gome Suarez de Figueroa y cada uno de nos por lo que le incunve y atañe de lo con· tenido en estos capitulas de suso escriptos otorga­mos e prometemos el uno al otro y el otro al otro de los tener e guardar e cumplir e mantener realmente e con efecto en todo e portado segunt e por la via e forma y manera que en e os se contiene. E juramos a Dios e Santa María en la señal de la Cruz que toca­mos con nuestras manos derechas e a las palabras de los Sanctos Evangelios de quier que escriptos esten. E otro si facemos pleito e omenage como caballeros e omes figosdalgos una y dos y tres veces, una dos y tres veces, una dos y tres veces, segund fuero e costumbre de España e manos e poder del dicho Pedro Çapata, comendador de Medina de las Torres, caballero e ame figodalgo, que esta Presente y de nos y de cada uno de nos lo recibe que lo asi faremos y ternemos e guardaremos y compliremos y manternos bien y fiel e leal y ver­daderamente cesante toda actividad, arte, cabtela, engaño, ficción que sea o ser pueda y sin dar a ello nin a cosa alguna nin parte dello otro entendimiento nin interpretación alguna: salvo sanamente, y a la llana como en esta dicha escriptura e capitulos va declarado, y especificado e que nosotros ni alguno de nos non lo quebrantaremos nin pararemos nin iremos nin tememos contra ello nin contra cosa al­guna nin parte dello, agora nin de aqui adelante en tiempo alguno nin por alguna manera directa nin in· directamente, nin por otro modo nin cabsa, nin rrazon nin color que sea o ser pueda, so pena que qualquier de nos que lo contrario ficiere lo que Dios non quiera, sea por ello perjuro e infame. y fementi­do. yaya caydo y cayga en mal caso, e en todos los casos, y penas en que caen los caballeros fijosdgos que quebrantan y pasan el juramento o pleito e omenage que otorgan y facen en su libre voluntad, del que dicho juramento e pleito e omenage juramos y prometemos en la forma suso dicha de non pedir nin demandar absolución nin relaxacion nin cónmutacion nosotros ni otros por nos nin por algunos de nos nin por interposita persona a nuestro Muy Santo Padre, nin a su delegado, nin al Rey nuestro Señor nin a otro algun Juez nin persona eclesiastica ni seglar que poder, y jurisdiccion tenga para la nos conceder y otorgar ni usaremos della en caso que nos sea otorgada mutuo propio a nuestra postula­ción o en otra cualquier manera. Por seguridad de lo qual quales firmamos de nuestros nombres y sella­mos con los sellos de nuestras armas que fueron fe­chas e otorgadas por nos el Maestre en la nuestra villa de Llerena veinte y tres dias de Septiembre e pormi el dicho Conde de la villa de Çafra diez e ocho dias de Septiembre año de mil e cuatrocientos e se­tenta e cinco anos y asi mismo nos el dicho Maestre fecimos el dicho pleyto e omenage y juramento en manos de Alfon de Badajoz, nuestro primo. Nos el Maestre."

Prometíamos añadir una introducción aclarando el contexto histórico del momento de la destrucción de la fortaleza con el fin de despejar, en lo posible, dudas sobre la razón y el motivo por el cual se llego al acuerdo de derribo de esta, pusimos en manos de nuestro amigo Manuel Molina este encargo y una vez que nos a respondido, publicamos hoy aquí su trabajo sobre el tema.

No sería justo el no agradecer públicamente su colaboración, GRACIAS D. Manuel

LA DESTRUCCIÓN DEL CASTILLO, CUANDO Y POR QUÉ.

Los restos de la fortaleza que aún hoy podemos contemplar en lo alto de la Sierra de los Ángeles, se corresponden con la construcción de nueva planta que tuvo lugar durante los años de control de la zona por el maestre de la Orden de Santiago Juan Pacheco, primer marqués de Villena, entre los años 1467 y 1474. Será este el castillo que finalmente sea derribado de forma total y concienzuda hasta llegar al aspecto que ofrece hoy en día.

El nuevo castillo nació en una época problemática, en un momento de grave crisis en el reino de castilla y en un lugar, que de hecho lo convertía en fortaleza de frontera, límite entre dos realidades tan diferentes como eran la Orden de Santiago y el Condado de Feria.

La región donde se asienta el castillo de Los Santos de Maimona pertenecía al antiguo territorio del reino de León, integrado entonces en el reino unificado de Castilla y León. Este llevado años de revueltas entre la monarquía y los nobles, ya heredadas del reinado de Juan II y ahora continuadas con el de su hijo Enrique IV. Este intentó apaciguar el reino perdonado a nobles, pidiendo su regreso, entregando tierras y bienes confiscados etc., pero a pesar de todo, los levantamientos fueron constantes, y continuarían incluso tras la muerte de este en 1474, al tener lugar una guerra civil originada por el problema sucesorio de la corona, entre los partidarios de su hija Juana y de su hermana Isabel que sería a la postre la vencedora.

En este contexto de revueltas habría que incluir las que dieron lugar al derribo del castillo que nos ocupa. Al morir el gran maestre Juan Pacheco en 1474 (el mismo año que el rey Enrique IV), quedó vacante el cargo en la Orden de Santiago, siendo varios los interesados en acceder a ella. Uno de ellos, y quizás el que más posibilidades contaba, fue Don Alonso de Cárdenas que hubo de enfrentarse a varios contrincantes, llegando con uno de ellos, que es el que nos interesa, a la guerra abierta. Se trataba del II conde de Feria Gómez Suárez de Figueroa, que además reclamaba la villa de Los Santos de Maimona para la ciudad de Badajoz. Este conde según las crónicas, intransigente y duro, hizo uso sin moderación de su poder y despotismo provocando muchas alteraciones en los pueblos de la comarca, enfrentándose a lo largo de 1475 varias veces a Alonso de Cárdenas, siendo derrotado contundentemente en Jerez de los Caballeros y Guadalcanal (el propio Conde o sus aliados).

Ya fuese por el cansancio de la guerra o por las concesiones hechas entre ambos, al final llegan a un acuerdo que será firmado el 18 de septiembre de ese año de 1475, por el cual el castillo de la villa de Los Santos de Maimona debía ser derribado a cambio del reconocimiento por parte del Conde del maestrazgo sobre la Orden de Santiago de Alonso de Cárdenas, maestrazgo al que Gómez Suárez de Figueroa renunciaba totalmente.

No deja de resultar un poco contradictorio que se procediera al derribo de un edificio recién terminado, con el coste económico que debió suponer, y además siendo como era un punto de defensa del territorio santiaguista frente al Conde, una especie de cuña sobre el territorio de Feria, lo que no agradaría para nada al combatiente Gómez S. de Figueroa que también hizo derribar el castillo de Salvatierra por razones políticas, aunque este fue reconstruido poco después, cosa que no sucedió con el de Los Santos como podemos observar hoy en día.

Podemos afirmar resumiendo que de esta manera el Maestre Cárdenas recibía por la pérdida de la fortaleza, la promesa del señor de Feria de no intrigar más para la obtención del maestrazgo de Santiago. En el juego de poderes entre los dos dignatarios, Cárdenas permitió la pérdida del castillo de Los Santos de Maimona a cambio de su tranquilidad personal, que duraría hasta su muerte, acaecida en 1493, en que el maestrazgo de todas las ordenes del Reino pararon a manos de la corona de los Reyes Católicos.

Manuel Molina Lavado.

Historiador y arqueólogo.

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